Lo que necesitas saber sobre el aplazamiento de VeriFactu
El Ministerio de Hacienda ha anunciado recientemente un aplazamiento en la entrada en vigor de VeriFactu, el nuevo sistema que obligará a las empresas a remitir sus facturas de forma automática a la Agencia Tributaria. Originalmente, esta medida estaba programada para implementarse el 1 de julio de 2025, pero ahora se ha pospuesto hasta enero de 2026.
¿Por qué se ha producido este aplazamiento?
El retraso responde a diversas alegaciones presentadas por empresas y desarrolladores de software, quienes solicitaron más tiempo para adaptar sus sistemas de facturación a los nuevos requisitos. Asimismo, la complejidad técnica de la implementación y la necesidad de garantizar una transición fluida han sido factores determinantes en esta decisión.
Cambios clave que trae VeriFactu
- Código QR en las facturas: todas las facturas deberán incluir un código QR que permita su verificación por parte de los destinatarios y la Agencia Tributaria.
- Leyenda obligatoria: las facturas también deberán incorporar la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VeriFactu».
¿Cómo afecta este cambio a las empresas?
Este aplazamiento representa una oportunidad para las empresas y desarrolladores de software de ajustar sus sistemas y prepararse adecuadamente. Aunque la nueva fecha brinda más tiempo, es fundamental no esperar al último momento para realizar los cambios necesarios.
En particular, las empresas que aún no han iniciado el proceso de adaptación deben considerar:
- actualizar sus sistemas de facturación: asegúrate de que tu software sea compatible con los requisitos de VeriFactu;
- implementar el código QR: verifica que las facturas incluyan el código QR y la leyenda obligatoria;
- capacitar al personal: forma a tu equipo para manejar los nuevos procesos de facturación.
El impacto para los desarrolladores de software
Para los desarrolladores y proveedores de soluciones ERP este aplazamiento también ofrece un respiro para realizar pruebas, ajustar sus aplicaciones y garantizar una transición sin problemas para sus clientes. En este contexto es clave trabajar de manera proactiva y colaborar con las empresas afectadas para facilitar la implementación.
Conclusión
El aplazamiento de VeriFactu hasta enero de 2026 no debe interpretarse como una excusa para retrasar la adaptación. Al contrario, este tiempo adicional es una oportunidad para prepararse de manera adecuada y evitar posibles sanciones en el futuro.
Hasta aquí los argumentos oficiales y sin intención de meter el dedo en el ojo ajeno.
Actualización a fecha 28/10/2024:
“El lunes 28 de octubre de 2024, el Ministerio de Hacienda ha publicado en el BOE la orden ministerial por la que se desarrollan las normas técnicas y funcionales de VeriFactu, marcando el inicio del desarrollo intensivo del software.
Esto implica que el 29 de julio de 2025 entrará en vigor la obligación para que los desarrolladores y fabricantes de software cumplan con los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. Por otro lado, la fecha de obligación límite para el cumplimiento normativo para las empresas y autónomos continúa siendo el 1 de julio de 2025. Sin embargo, debido a esta incongruencia de fechas, se prevé que la Agencia Tributaria revise esta normativa para retrasar al menos seis meses la obligación para las empresas, lo que podría llevar la fecha efectiva a enero de 2026.”
Descoordinación en los plazos de implementación
Según comenta la Cámara de Comercio de València, una de las razones que ha conducido al retraso de la entrada en vigor reside en los plazos de implementación. A los productores del programa informático se les asignó unos y a los usuarios, otros. Esto ha provocado que la aplicación de la normativa se tenga que posponer para que no existan discrepancias.
Alta demanda de soporte técnico anticipada
También es necesario escalar el sistema para dar un soporte técnico adecuado a los usuarios. Cuando la normativa entre en vigor, lo más probable es que se produzca una alta demanda para emplear el servicio. Si la recepción de la información no se dimensiona de manera adecuada, la calidad del servicio se verá afectada.
Pensemos que, si miles de usuarios quieren acceder al sistema al mismo tiempo, este no podrá gestionar todas las peticiones. La consecuencia directa serán aún más ralentizaciones o la caída del servicio.
Impacto en los contribuyentes del SII
Como no podía ser de otro modo, las circunstancias descritas tienen un impacto directo en los contribuyentes, sobre todo en los acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII). Pese a que ya disponen de un sistema de facturación estructurado, la nueva normativa exige que deban adaptarse de todas formas. Por tanto, es probable que los afectados tengan que enfrentarse a diferentes costes.
Ajustes propuestos por la Agencia Tributaria
La Agencia Tributaria no se ha quedado de brazos cruzados y ha propuesto algunos ajustes. El objetivo es garantizar que la factura digital se adopta con las menores dificultades posibles. Para conseguirlo, el organismo ha optado por atajar los problemas mediante varias alternativas.
Plazos diferenciados para personas físicas y jurídicas
El primer ajuste que se ha realizado es establecer plazos diferentes para personas físicas y jurídicas. Se ha planteado una adopción escalonada:
- las personas jurídicas tendrán que empezar a usar el sistema a partir del uno de enero del 2026;
- el plazo para el resto termina el uno de julio de 2026.
Al optar por este método, la Agencia Tributaria podrá prepararse para ofrecer un mejor servicio, en especial en cuanto a la calidad técnica.