Aunque es el sistema SII de comunicación con la Agencia Tributaria quien nos ha obligado a tener esta iniciativa, es cierto que a Duir le faltaba un gestor integrado de registro de documentación de importaciones.
El registro DUA ha nacido con esa finalidad; concentrar en un solo punto el tratamiento impositivo de Derechos Arancelarios, Impuestos de importaciones y Servicios del agente de aduanas.
El tratamiento es complejo internamente pero sencillo de manejo para el usuario. Usamos como documento el indicado por la propia Agencia Tributaria, la Referencia del DUA o MRN.
Solicitamos dos actores al registrar este documento; por un lado el propio agente de aduanas y, por el otro, el proveedor con el que se ha realizado la importación.
Una vez definidos los actores, se procede a la selección de la factura del proveedor que ocasiona el trámite aduanero, siendo ésta la que define las partidas arancelarias que se van a procesar. Las partidas arancelarias quedan determinadas por los artículos que incluye la factura original de importación y usa el dato “Partida arancelaria” que figura en la ficha maestra de artículos para este fin. Se abrirán, de esta forma, tantas partidas arancelarias distintas como las incluidas en la factura original del proveedor.
Por cada partida arancelaria se podrá indicar (bajo dos conceptos básicos: los derechos arancelarios y los impuestos de importación) la base de cálculo, el tipo tributario y la cuota correspondiente.
Este proceso se cierra con los servicios auxiliares realizados por el agente de aduanas. Definiendo cuenta contable de gastos, base, tipo tributario y cuota, se irán añadiendo estos servicios.
La repercusión en los libros de IVA de este proceso queda dividida en dos documentos (obligados de nuevo por la pauta seguida por la Agencia Tributaria). Por un lado, los impuestos de la importación asignados a la factura original del proveedor bajo el documento MRN del DUA y, por otro lado, los posibles servicios del agente de aduanas que usa también el mismo documento en el registro de IVA soportado.